domingo, 8 de julio de 2007

Un millón de sordos podrán contar con un intérprete cuando vayan al hospital

El Consejo de Ministros aprobó el viernes la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de la Lengua de Signos y de Medios de Apoyo a la Comunicación Oral de las personas sordas, una reivindicación histórica del movimiento asociativo de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, dijo, en conferencia de prensa tras el Consejo de Ministros, que el coste de este proyecto de ley supondrá dos millones de euros anuales.
Añadió que esta regulación beneficia a un millón de ciudadanos españoles sordos o con deficiencias auditivas, además de al resto de las personas que viven en España, y añadió que se sitúa a la vanguardia en la protección de los derechos de este colectivo.
La norma reconoce la lengua de signos española como lengua de las personas sordas en España que libremente decidan utilizarla, así como su aprendizaje, conocimiento y uso.
Además, establecerá y garantizará los medios de apoyo a la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
Aprendizaje de la lengua de sordos
En el texto rige el principio de libertad de elección por parte de las personas afectadas, por lo que se reconocen y regulan de forma diferenciada el conocimiento, el aprendizaje y el uso de la lengua de signos española, así como de los medios de apoyo a la comunicación.
El proyecto establece que las Administraciones educativas dispondrán lo necesario para promover el aprendizaje de la lengua de signos española para este alumnado necesitado que libremente haya optado por esta lengua. En caso de que esta persona sea menor de edad o esté incapacitada, la elección corresponderá a los padres o representantes legales.
Además, se garantizará el aprendizaje de la lengua oral y de los medios de apoyo a la comunicación a las personas usuarias de estos sistemas. Con el fin de disponer de profesionales debidamente cualificados para la enseñanza de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación, la Administración educativa competente determinará las titulaciones considere oportunas.
En cuanto al uso, la norma facilitará la utilización de intérpretes y el establecimiento de medios de apoyo a la comunicación, cuando lo precisen, en diferentes ámbitos públicos como en la sanidad, la educación olas administraciones.
Se establece también la creación, en el Real Patronato sobre Discapacidad, del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española, que tendrá como finalidad investigar, fomentar, difundir y velar por el buen uso de esta lengua.
El Gobierno creará también en el Real Patronato sobre Discapacidad el Centro Español de Subtitulado y la Audiodescripción con la finalidad de investigar, fomentar, promover iniciativas, coordinar actuaciones y extender la subtitulación y la audiodescripción como medios de apoyo a la comunicación de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas. Se reconoce también la existencia de la lengua de signos catalana (junto a la española, la única reconocida por la comunidad sorda signante en nuestro país) en su ámbito de uso.

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